FLEITAS CRISTIAN LEONEL C/ OMINT ART SA S/ ACCIDENTE DE TRABAJO - ACCION ESPECIAL
La sentencia de primera instancia declaró la responsabilidad de OMINT ART S.A. y condenó a pagar una indemnización por accidente de trabajo, considerando la incapacidad del actor y la relación causal, además de invalidar ciertos artículos de leyes y resoluciones por inconstitucionalidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por Cristian Fleitas, quien sufrió un accidente laboral el 17/09/2019 mientras realizaba tareas habituales y resultó con una incapacidad parcial y permanente del 14,07%, vinculada al accidente. La actora solicitó una indemnización basada en la ley 24.557, ley 26.773 y la aplicación del índice RIPTE para actualización, además de cuestionar la constitucionalidad de ciertos preceptos normativos. La demandada OMINT ART S.A. negó la relación causal y la existencia de incapacidad, argumentando que la Comisión Médica 391 de San Isidro había determinado que no existía incapacidad por el evento. La pericia médica concluyó que la incapacidad física era del 9% y la psíquica del 10%, ajustándose luego por criterio del tribunal a un total del 14,07%. El tribunal consideró que la relación causal estaba acreditada, que la incapacidad tenía carácter parcial y permanente, y que la prueba documental y pericial respaldaba la demanda. En virtud de ello, se condenó a OMINT ART S.A. a pagar una suma de aproximadamente 29.110.626,72 pesos, actualizada según índice RIPTE, además de intereses y costas. La sentencia también invalidó artículos de leyes y resoluciones por inconstitucionalidad. La apelación de la parte demandada fue admitida, y el tribunal confirmó la condena y los fundamentos, reforzando la constitucionalidad de la normativa aplicada y la relación causal entre el accidente y las secuelas del actor.
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