Logo

FREYRE NORMA VIVIANA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ FIJACION HONORARIOS EXTRAJUDICIALES

El tribunal reguló los honorarios de la abogada Freyre Norma Viviana por su labor en la gestión administrativa ante la Comisión Médica Jurisdiccional 391 de San Isidro y confirmó el pago a su patrocinante, en línea con la normativa vigente. La decisión se fundamentó en la naturaleza oficiosa del patrocinio y en la aplicación de la ley arancelaria local.

Recurso de apelacion Honorarios profesionales Comisiones medicas Ley 27.348 Ley 14.967 Aranceles Labor oficiosa Regulacion de honorarios Comisiones medicas jurisdiccionales Procedimiento administrativo y judicial

¿Qué se resolvió en el fallo?

La Dra. Freyre Norma Viviana promovió demanda para la regulación de honorarios por su actuación en representación del Sr. Francisco Nicolás Bravo en un expediente administrativo, en cumplimiento de la ley 27.348 y la resolución SRT 298/17. La relación laboral fue considerada oficiosa, dado que la actuación del letrado fue necesaria para la tramitación del proceso ante las comisiones médicas. La sentencia estableció que los honorarios corresponden a 4 jus arancelarios por la gestión en sede administrativa y a 7 jus por la actuación en sede judicial, con la inclusión de aportes de ley y IVA cuando corresponda. La decisión se sustentó en la normativa aplicable (arts. 21, 44 inc. b, 55 ley 14.967 y Ac. 4200/25), resaltando que la labor del profesional en estos procesos es considerada oficiosa y de carácter obligatorio, sin que su reconocimiento dependa del resultado final de la pretensión. La condena en costas fue impuesta a la demandada, con el depósito del monto en el Banco Provincia en el plazo establecido.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar