Logo

NOCETI MARIA JOSE C/ OMINT ART SA S/ MATERIA A CATEGORIZAR

La sentencia resolvió el reclamo de honorarios por la intervención profesional en actuaciones ante Comisiones Médicas en un accidente laboral. La Cámara confirmó la condena a la aseguradora a pagar $82.056,97 y regular honorarios en base a la ley 14.967, rechazando la inconstitucionalidad del art. 730 CCyC.

Honorarios profesionales Ley 14.967 Comisiones medicas Accidente laboral Regulacion de honorarios Inconstitucionalidad art. 730 ccyc Costas Jus Condena Administracion publica.

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La actora, la doctora María José Noceti, demanda a OMINT ART S.A. por honorarios profesionales por asesoramiento en Comisiones Médicas por accidente in itinere de Marcos Iván Reyes.
- La demandada niega su intervención y solicita rechazo de la demanda.
- La causa fue probada con documentación que acredita la asesoría brindada por la profesional, incluyendo dictamen médico y acuerdo homologado por la Comisión Médica.
- El tribunal concluyó que la profesional participó en forma efectiva en el proceso extrajudicial ante organismos administrativos, y que la suma de $85.696,25 debe considerarse como base de cálculo para honorarios.
- La sentencia hizo lugar a la demanda, condenando a OMINT a pagar $82.056,97, y regular honorarios en base a la escala de la ley 14.967, en un 13,125% del monto de la base, equivalentes a 1,94 JUS.
- Se rechazó el planteo de inconstitucionalidad del art. 730 CCyC.
- Las costas se imponen al demandado y no se otorgan intereses moratorios, dada la actualización arancelaria por la ley.
- Se limita la responsabilidad en costas al 25%, conforme norma del art. 730 CCyC, por mayoría, considerando la normativa arancelaria de la ley 14.967.
- Los honorarios de los profesionales se fijaron en función de los mínimos de la ley 14.967, con actualización por valor del JUS y ajustados en consecuencia.
- La sentencia también advierte sobre la regulación de honorarios de la profesional Victoria María de Ezcurra, pendiente de cumplimiento de la ley 10268.
- Se ordena practicar liquidación y notificar a las partes.
- Se certifica la recepción de las actuaciones por cada juez en las fechas indicadas.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar