DE VINCENZO OMAR ANGEL PASCUAL C/ CAJAL EMA GRACIELA S/ CONSIGNACION
La demanda por consignación de indemnizaciones laborales fue aceptada, confirmando la procedencia del depósito judicial y la entrega de documentación; la sentencia ordena la entrega de fondos y documentación, y establece costas y honorarios.
- Quién demanda: De Vincenzo Omar Angel Pascual
¿A quién se demanda?
Cajal EMA Graciela
¿Cuál es el objeto del reclamo?
consignación de pago de indemnizaciones y certificación de aportes y servicios del art. 80 de la LCT, por suma de $141.097,83, más intereses y la entrega del certificado de trabajo.
¿Qué se resolvió?
Se hace lugar a la demanda, ordenando la consignación judicial de las indemnizaciones, la entrega de documentación original y la notificación a la demandada sobre los fondos depositados, además de costas y honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Con lo expresado previamente, tengo por acreditado que se adjuntó la documentación por la cual se constituyó en mora a la demandada, quien no se presentó a retirar la liquidación mencionada y certificación de aportes y servicios del art. 80 de la LCT, puestos a su disposición, y que por ello se procedió a consignar judicialmente los mismos, poniéndolos nuevamente a disposición de la demandada para su retiro bajo constancia."
"El remedio procesal intentado por quien ha iniciado estas actuaciones es el idóneo para logar el fin perseguido tal cual lo ha indicado, entre otros, el Mayor Tribunal de la Provincia de Buenos Aires (Causa L. 116.432)... al resolver que 'Cuadra recordar que -según lo ha declarado esta Suprema Corte
- el denominado pago por consignación, receptado por los arts. 756 y ss. del Código Civil constituye un remedio excepcional al que puede acudir el deudor a fin de cancelar sus obligaciones cuando su acreedor no quisiera recibir el pago'."
"En consecuencia, considero que debe hacerse lugar íntegramente a la demanda por consignación interpuesta por la actora (arts. 904 y cctes. Del Cód. Civil)."
"Por todo ello, la consignación judicial resulta procedente y la sentencia ordena la devolución de fondos y documentación, además de imponer costas y honorarios."
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