FEDERACION DE ASOC.DE TRAB.DE LA SANIDAD C/ARGENMED SISTEMAS MEDICOS S.R.L. S/ COBRO DE APORTES DE CUOTA SINDICAL
El tribunal declaró la perimida de la instancia en un proceso laboral por desinterés de la actora en continuar con el trámite, tras la inacción de las partes. La decisión se fundamentó en que la conducta procesal de la demandante obstaculizó el impulso del proceso, en consecuencia, se hizo efectivo el apercibimiento y se declaró la caducidad del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La actora, FEDERACION DE ASOCIACIONES DE TRABAJADORES DE LA SANIDAD ARG, promovió una demanda contra ARGENMED SISTEMAS MEDICOS S.R.L. por la suma de $67.752,52 en concepto de indemnización por cobro de aportes de cuota sindical. Tras la contestación de la demanda y la intimación para activar el procedimiento, las partes no atendieron dicha intimación. El tribunal consideró que la inacción de la actora evidenció un total desinterés en continuar con el trámite, y que en el proceso laboral, la caducidad puede declararse cuando la conducta procesal obstaculiza el impulso del tribunal. Por ello, se hizo efectivo el apercibimiento y se decretó la perimida de la instancia. La resolución también dispuso el pago de honorarios profesionales y el cierre del expediente.
Fundamentos principales:
"Es decir cuándo la inactividad de los litigantes obsta el impulso procesal de oficio, característico en éste Fuero (arts. 11 Ley 15.057
- 310 y conc. del CPCC). Por lo expuesto y siendo que la actora no dio cumplimiento a la intimación dispuesta a fs. 94 debidamente notificada (fs. 100, arts. 41 y 42 del CPCC), lo que evidencia un total desinterés en continuar con el trámite de las actuaciones, corresponde hacer efectivo el apercibimiento contenido en la aludida intimación y decretar perimida la instancia, con costas a la actora."
Disidencia: No se registran votos en disidencia, todos los jueces coincidieron en la decisión.
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