CEDRIK PAOLA SOLEDAD Y OTROS S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral. La Cámara de La Plata homologó la conciliación alcanzada por las partes y dispuso la aprobación del acuerdo, incluyendo el pago de honorarios y costas, considerando que lo pactado cumple con los requisitos legales y no afecta derechos de orden público.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, representada por el Dr. Pirronitto Carlos Martín, y la demandada, representada por el Dr. Cafferata Enrique Manuel, alcanzaron un acuerdo conciliatorio respecto a los reclamos laborales. El tribunal, tras analizar el acuerdo, consideró que "lo pactado libremente por las partes, que informa el escrito presentado, cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas." La decisión se fundamenta en que "no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia." La homologación comprende la totalidad de los rubros reclamados y la distribución de costas, además de ordenar el depósito de tasas y contribuciones. La resolución también regula aspectos formales como notificaciones, apertura de cuentas y pagos, en línea con las normativas vigentes. La sentencia concluye que "homologo la conciliación arribada por las partes en las presentes actuaciones." En disidencia, algunos jueces podrían tener otras consideraciones, pero en este caso, todos votaron a favor de homologar.
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