SIERRA CARLOS DIEGO C/ CASTORINA FLORENCIA y otros S/ DESPIDO
La homologación de un acuerdo conciliatorio en un proceso laboral en La Plata. La Cámara aprueba la conciliación y confirma el acuerdo, incluyendo el pago de costas y honorarios, con énfasis en la validez del pactado y la eximición de costas, en línea con las disposiciones legales aplicables.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La Cámara de Trabajo Nº 1 de La Plata homologó un acuerdo conciliatorio en el proceso "SIERRA CARLOS DIEGO C/ CASTORINA FLORENCIA Y OTROS S/ DESPIDO". Los jueces coincidieron en que lo pactado por las partes cumple con los requisitos legales y no afecta derechos ni disposiciones de orden público, por lo cual se aprobó en su totalidad. Además, se ordenó a la parte demandada el pago de la tasa de justicia, regulándose además los honorarios profesionales y las costas, que fueron asumidas por la demandada. La resolución destaca que la facultad judicial de eximir de costas es excepcional y que en este caso no se dieron las condiciones para ello, dado el carácter salarial de la tasa y la naturaleza del acuerdo. La homologación se fundamenta en que "lo pactado libremente por las partes cumple con los recaudos legalmente exigibles para alcanzar una justa composición de los derechos e intereses de las mismas" y que "lo pactado no implica renuncias a derechos del trabajador que supongan derechos reconocidos por el empleador en autos, ni afectan disposiciones de orden público en vigencia." Además, se dispuso la intimación a la parte demandada para el cumplimiento del pago de la tasa y contribución, y la regulación de honorarios y costos, con los montos actualizados y las instrucciones para su transferencia.
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