AGUILAR MARÍA SILVIA Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
Tribunal homologó un acuerdo de conciliación en proceso laboral, estableciendo los términos y condiciones del pago y finalización del juicio. La sentencia homologó la transacción y dispuso los mecanismos para el cumplimiento del acuerdo, incluyendo depósito en cuenta y pago directo.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demanda fue promovida por María Silvia Aguilar contra Adriana Beatriz Salusso, reclamando derechos laborales. Las partes acordaron una transacción que establece un pago total de 2.500.000 pesos, dividido en dos cuotas de 1.250.000 pesos cada una, a ser depositadas en una cuenta bancaria habilitada. La homologación judicial implica que el acuerdo tiene carácter extintivo de la acción y que, tras el cumplimiento de las condiciones, las partes quedarán liberadas de futuras reclamaciones. La sentencia también regula aspectos de pago, honorarios y presentación de documentación para garantizar el cumplimiento del acuerdo y la finalización del proceso. Se ordena la acreditación de la titularidad de la cuenta bancaria en plazo de 2 días y la justificación del pago en 5 días, bajo apercibimiento de nulidad. Los honorarios profesionales se regulan y se establecen los mecanismos para su pago. La resolución también informa a ARCA y otras instituciones pertinentes sobre el acuerdo homologado. La decisión se fundamenta en los arts. 1.641, 1.643 y 1.644 del Código Civil y Comercial, art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo, y la ley 15.057, considerando la naturaleza conciliatoria y la voluntad de las partes.
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