INCIDENTE DE COMPETENCIA EN AUTOS SALA, GUILLERMO ALEXANDER s/ INTIMIDACIÓN - HOSTIGAMIENTO s/ CONFLICTO DE COMPETENCIA
El Tribunal Superior de Justicia declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 3 en causa por amenazas y hostigamiento, tras analizar los fundamentos de los juzgados y la postura fiscal, remitiendo el incidente a dicha jurisdicción.
- Quién demanda: La víctima, en un incidente de competencia en autos por intimidación y hostigamiento.
¿A quién se demanda?
Los juzgados nacionales en lo Criminal y Correccional nº 44 y en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 3.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
La declaración de competencia del tribunal correspondiente para tramitar la causa.
¿Qué se resolvió?
Se declara la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas n° 3 y se remite el incidente a esa jurisdicción.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
El tribunal analiza los informes de los juzgados y las posturas de la fiscalía, remitiéndose a la jurisprudencia del precedente “Bazán” (Fallos: 342:509), y concluye que “por los fundamentos expresados por el Fiscal General Adjunto que se mencionan en el punto 6 del título “Resulta”, a los que se remite por razones de brevedad, corresponde declarar la competencia del Juzgado en lo Penal, Contravencional y de Faltas nº 3”. Añade que “las conductas atribuidas, si bien generan temor, no alcanzan la entidad suficiente para obligar a la víctima a hacer, no hacer o tolerar algo contra su voluntad, por lo cual no corresponde la competencia del fuero nacional en lo criminal”. La decisión está basada en que “el hecho no constituya delito” y que la intención del autor fue generar temor, no coaccionar de forma suficiente para transferir la competencia al fuero local.
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