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ANGELI MARIA BELEN Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

La homologación del acuerdo entre las partes y su declaración de validez con fuerza de sentencia, imponiendo costas a la parte demandada y regulando honorarios y tasas de justicia.

Homologacion de acuerdo Proceso laboral Validez formal Costas Honorarios Tasa de justicia Acuerdo extrajudicial Ley 15.057 Ley 14.967 Sentencia homologatoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia homologó el acuerdo celebrado entre las partes en fecha 25/08/2025, considerando que su contenido ajusta a las pautas legales y que constituye una justa composición. Se concluyó que la homologación del acuerdo procede, y que las costas del juicio deben ser a cargo de la demandada. Además, se intimó a la demandada para que en cinco días deposite en las cuentas judiciales las sumas de $110.000 por tasa de justicia y $11.000 por contribución sobre tasa, bajo apercibimiento de ejecución. Se regularon honorarios a los abogados en 23,68 jus cada uno, y se ordenó la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La fundamentación principal radica en que el acuerdo cumple con los requisitos legales y no viola normas laborales, y que la homologación constituye una forma de asegurar la justicia y la correcta ejecución del acuerdo. La decisión se basó en el análisis de la validez formal y material del acuerdo, y en la normativa aplicable, en particular los arts. 15 y 277 de la Ley de Contrato de Trabajo, y los arts. 24, 27, 30, 73, 89, 54 y 60 de la Ley 15.057 y Ley 14.967. La adhesión de los jueces y la fundamentación del voto en las consideraciones del juez patencico refuerzan la decisión favorable a la homologación.

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