RAMOS, SANTIAGO C/ TACONAU, HÉCTOR OMAR Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara admite la recusación sin causa solicitada por la parte actora y ordena su tramitación, remitiendo los autos al juez correspondiente, en cumplimiento de los arts. 14 y 16 del C.P.C.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Santiago Ramos, solicita la recusación sin causa del juez en el expediente N° 58014, en el proceso de cobro ejecutivo contra Héctor Omar Taconau y otra. La Cámara, tras analizar la petición, la admite y ordena que los autos sean remitidos al juez competente mediante la Receptoría General de Expedientes, en virtud de lo dispuesto en los arts. 14 y 16 del Código Procesal Civil y Comercial. La decisión se fundamenta en que la recusación se ajusta a los requisitos legales y que no se requiere causa para su admisión, remitiendo el expediente para que se designe un nuevo juez que continúe con la sustanciación del proceso.
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