BAZZANO MIA C/BAZZANO GUILLERMO OSCAR S/ ALIMENTOS, REGIMEN DE VISITAS Y TENENCIA
La sentencia fija alimentos provisorios para la mayor de edad Mía Bazzano, ordenando al demandado pagar el 25% del salario mínimo vital y móvil, retroactivo desde la petición, y establece medidas de ejecución y sanciones por incumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Mía Bazzano, mayor de edad y alumna regular del Profesorado de Psicología, reclama alimentos provisorios a su padre, Guillermo Oscar Bazzano, debido a incumplimientos en pagos anteriores y la necesidad de atender gastos esenciales. La sentencia reconoce la insuficiencia de la cuota vigente y la dificultad de verificar los ingresos actuales del demandado, pero considera procedente la fijación de una cuota provisoria en base al 25% del salario mínimo vital y móvil, con efecto retroactivo desde la fecha de la petición. Además, ordena la intimación del demandado para que cumpla en 10 días, bajo apercibimiento de registrarse en el Registro de Deudores Alimentarios Morosos, y dispensa medidas para hacer efectiva la cuota mediante depósito en cuenta judicial. La resolución destaca que la fijación de alimentos provisionales busca atender necesidades urgentes, observando que la inacción del demandado no puede dejar desamparada a la alimentista. La decisión se fundamenta en la jurisprudencia sobre la procedencia excepcional de estos alimentos, en contextos de insuficiencia de la cuota vigente y en la necesidad de protección urgente de la alimentista. La sentencia también remite a las sanciones legales en caso de incumplimiento y a la normativa provincial sobre morosos alimentarios.
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