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FEDERACIÓN METROPOLITANA DE TAEKWONDO C/ CONFEDERACIÓN ARGENTINA DE TAEKWONDO S/ NULIDAD ACTO JURIDICO

La Cámara rechazó la nulidad de la sanción de suspensión y expulsión del Sr. Tajes por falta de agotamiento de la vía interna y por incumplimiento del procedimiento estatutario. La decisión se fundamenta en que la asociación no dio traslado previo de los cargos, violando el derecho de defensa y que la vía judicial resulta inadmisible sin el cumplimiento de los pasos internos.

Potestad disciplinaria Asociaciones civiles Nulidad acto juridico Derecho de defensa Procedimiento estatutario Recursos internos Sanciones deportivas Asociacion de tercer grado Justicia civil Incumplimiento formal.

¿Qué se resolvió en el fallo?

El actor, Francisco Oscar Tajes, promovió demanda de nulidad y daños contra la Confederación Argentina de Taekwondo (CAT) y otros, por sanciones disciplinarias que considera ilegales e irregulares, alegando incumplimiento de procedimiento y violación de garantías constitucionales. La CAT y sus representantes negaron la vulneración, afirmando que las sanciones fueron adoptadas en cumplimiento de sus estatutos y que el actor no agotó los recursos internos previos. La Cámara analizó las actuaciones, concluyendo que la sanción no fue impuesta siguiendo el procedimiento estatutario, en particular por no haber dado traslado previo de los cargos y no haber agotado la vía interna, en virtud del art. 13 del estatuto de la CAT. La sentencia establece que la revisión judicial es excepcional y que la falta de cumplimiento del procedimiento interno impide la nulidad. Además, se rechazan los daños reclamados por falta de causa. Se imponen costas a la parte actora en ambas causas, considerando la conducta procesal y la falta de agotamiento del proceso interno.

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