BRAVO CLARISA YANEL C/ DESANTO JUAN ANDRES Y OTRO/A S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La resolución remite el expediente a otro juzgado para su radiación definitiva en el marco del beneficio de litigar sin gastos. El tribunal ordenó la remisión y baja en registros, y notificó electrónicamente a las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La demandante, Clarisa Yanel Bravo, inició un proceso contra Juan Andres Desanto y otros en el beneficio de litigar sin gastos.
- La resolución, en atención a que los autos principales tramitan en otro juzgado, ordena remitir el expediente a dicho juzgado (Juzgado Civil y Comercial n° 1 de Olavarría) para su radiación definitiva.
- La decisión se fundamenta en que los autos principales están a cargo del juzgado de origen, y por ello, corresponde dar de baja en los registros y notificar a las partes y a la receptoría correspondiente.
- La resolución destaca que la remisión se realiza para evitar duplicidades, y se ordena la notificación electrónica a las partes y a la receptoría, señalando la importancia de la correcta administración procesal y enmarcada en el beneficio de litigar sin gastos.
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