POLITI SERGIO OMAR C/ INSTITUTO MEDICO CONSTITUYENTES SA S/DILIGENCIAS PRELIMINARES
Se da por finalizado el trámite de diligencias preliminares en el expediente por agotamiento del objeto procesal, y se ordenan notificaciones en los términos del artículo 133 del CPC, por no haberse constituido domicilio electrónico por las partes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
- La causa la inicia POLITI SERGIO OMAR contra INSTITUTO MEDICO CONSTITUYENTES SA por diligencias preliminares.
- La resolución declara que con lo actuado en el expediente (fs. 33/167) se ha agotado el objeto del trámite, por lo que las actuaciones se dan por concluídas.
- La decisión también establece que, al no haberse constituido domicilio electrónico por las partes, se hace efectivo el apercibimiento y se notifican en los términos del artículo 133 del CPC.
- La resolución se dicta en cumplimiento del art. 40 y 41 del CPCC y en las formalidades del art. 10 del Reglamento de notificaciones electrónicas del Ac. 4013/2021 de la SCBA.
- No se menciona ninguna disidencia ni votos diferentes.
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