AVALOS MARIO ALEJANDRO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ AMPARO POR MORA
La Justicia ordena a la Provincia de Buenos Aires a resolver la trámite administrativo pendiente en un plazo de cinco días, por incumplimiento en la obligación de dictar resolución en tiempo razonable, fundamentando la acción de amparo por mora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Mario Alejandro Avalos, promueve acción de amparo por mora contra la Provincia de Buenos Aires
- Ministerio de Seguridad, solicitando que se dicte orden de pronto despacho respecto del expediente administrativo 2025-11734656, en el cual el organismo demandado no se ha expedido a la fecha. La parte actora denuncia que, pese a haber presentado el recurso el 07-04-2025, el organismo no respondió ni cumplió con los plazos administrativos previstos en la ley provincial. La sentencia analiza que, según el artículo 76 del Código Contencioso Administrativo (CCA), la finalidad del proceso es asegurar el pronto despacho y que, en el caso, se configuró una mora administrativa por incumplimiento de los plazos legales. Se destaca que la ley de procedimiento administrativo (decreto-ley nº 7.647/70) establece que los plazos son obligatorios y que la demora no justificada vulnera garantías constitucionales y principios del debido proceso. La sentencia concluye que, ante la evidencia de que la autoridad administrativa no cumplió con su obligación en tiempo razonable, corresponde hacer lugar a la acción de amparo y ordenar a la demandada a emitir resolución en un plazo de cinco días. Además, se imponen las costas a la demandada en su condición de vencida y se regula honorarios profesionales. La decisión no entra en el fondo del asunto administrativo, sino que se centra en la obligación de la administración de responder en tiempo y forma a los particulares.
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