MANRIQUE FAVIO ROBERTO C/SANTAELLA GLADYS ESTELA Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS
La Cámara declaró la caducidad de la instancia por inactividad procesal del actor, tras incumplimiento de la intimación y transcurso del plazo legal, conforme a la normativa procesal vigente. La decisión se fundamenta en que la parte no impulsó el proceso en tiempo y forma, afectando la eficacia del proceso judicial.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Manrique Favio Roberto, no impulsó el proceso tras la intimación efectiva del 10/06/2025, vencido el plazo de gracia hasta el 19/06/2025. La autoridad judicial consideró que la inactividad del actor, en un proceso donde la actividad judicial se mantiene plena, justifica la declaración de caducidad de instancia por caducidad del plazo para continuar con el trámite procesal. La sentencia cita que la finalidad de la caducidad es sancionar la falta de impulso y facilitar el funcionamiento del sistema judicial, y remite a la jurisprudencia de la Suprema Corte que enfatiza la importancia de la actividad procesal para mantener la continuidad del proceso. Se argumenta que "la actividad judicial se encuentra en plena y total apertura, no existiendo motivo alguno, que justifique la inactividad procesal". La resolución fue dictada en los términos del Art. 316 del Código Procesal Civil y Comercial, y sin costas por tratarse de un trámite especial.
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