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PRUDENTE EUGENIO Y OTRO/A C/ SANTOIANNI JULIETA Y OTROS S/ BENEFICIO DE LITIGAR SIN GASTOS

Se tiene por concluídas las actuaciones tras homologar un acuerdo transaccional. La sentencia no fue dictada, y las partes fueron notificadas por medios electrónicos, con lo cual la causa se da por finalizada.

Proceso civil Acuerdo homologado Conclusion de actuaciones Beneficios de litigar sin gastos Notificacion electronica Finalizacion del proceso Resolucion Homologacion Causante Notificacion digital

¿Qué se resolvió en el fallo?


- La parte actora, PRUDENTE EUGENIO y otro/a, promovió un proceso contra SANTOIANNI JULIETA y otros, en el marco de un beneficio de litigar sin gastos.
- La Cámara, en virtud de un acuerdo transaccional homologado el 13/02/2025 en las actuaciones principales, dispuso la finalización de las presentes actuaciones.
- La resolución expresa: "Teniendo en cuenta el acuerdo homologado y considerando que en las presentes actuaciones no se ha dictado sentencia aún, se tiene por concluídas las mismas. REGISTRESE".
- La decisión se fundamenta en que las partes alcanzaron un acuerdo y fue homologado, por lo cual no procede continuar con el trámite procesal. Se remite la copia digital de la resolución a los domicilios electrónicos de las partes, en cumplimiento del art. 10 del reglamento de notificaciones electrónicas.
- No se especifican votos en disidencia ni otros fundamentos adicionales, dado que la resolución es de mero cierre y homologación del acuerdo.

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