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C.H.L. Y OTRO/A C/B.E.J.A. Y OTRO/A S/DAÑOS Y PERJ. AUTOM. C/LES. O MUERTE

Sentencia que condena al demandado B.E.J.A. por responsabilidad en accidente de tránsito, estableciendo la responsabilidad objetiva por violación de normas de tránsito, y condenando a pagar una suma total de $27.150.000 por daños a los cuatro actores, además de costas e intereses.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La causa se inicia con demanda por daños y perjuicios por un accidente de tránsito ocurrido el 25/9/2023, en Morón, en el que el vehículo conducido por B.E.J.A. impactó con otro vehículo en un cruce semaforizado, violando la luz roja del semáforo. La parte actora reclama daños materiales, lesiones, daño moral, psicológico y gastos médicos, solicitando una condena integral. El tribunal analiza las pruebas, incluyendo la causa penal, informes periciales, declaraciones testimoniales y documentación, concluyendo que el accidente ocurrió por culpa del demandado, quien cruzó con semáforo en rojo, violando la normativa de tránsito, y que dicha conducta fue la causa exclusiva del siniestro. Se establece que la responsabilidad es objetiva por ser un hecho de tránsito con daños a terceros, y se fundamenta en la prueba pericial mecánica y las declaraciones coincidentes. La sentencia condena al demandado a pagar la suma total de $27.150.000, distribuidos entre los actores, con intereses desde la fecha del hecho hasta la fecha del fallo, y con las costas a cargo del vencido. Fundamentos principales del tribunal:
- La mecánica del accidente fue acreditada por la pericia y las declaraciones testimoniales, que coinciden en que el vehículo de B.E.J.A. cruzó con semáforo en rojo, impactando con el vehículo de los actores.
- La normativa de tránsito (art. 41 Ley 24.449 y normas de prioridad semafórica) establece que circular con semáforo en rojo genera responsabilidad, y en este caso, se probó la negligencia del demandado.
- La responsabilidad es objetiva, conforme a la ley 17.57 del Código Civil y Comercial, y la jurisprudencia que sostiene que en los accidentes de tránsito basta con probar la relación causal y la conducta negligente del responsable.
- La valoración de las pruebas y la prueba pericial mecánica permiten concluir que la conducta del demandado fue la causa directa del daño.
- Los daños se cuantificaron en daños físicos, psicológicos, daños morales, gastos médicos y tratamiento, con fundamentación en los informes periciales y las circunstancias del caso, aplicando el prudente arbitrio judicial.
- Los montos indemnizatorios son acordes con la gravedad de las lesiones, la edad de los actores y la repercusión del daño, y se establecen en la sentencia en base a la prueba y doctrina vigente.
- La condena se fija

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