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PONCE AGUSTINA BELEN S/INFORMACIÓN SUMARIA POR RECEPTORÍA

La presente resolución finaliza el trámite de información sumaria por receptoría. El tribunal concluye que con lo actuado en autos se ha agotado el objeto del proceso y declara el cierre de las actuaciones. La notificación se realizó en los términos del artículo 10 del Reglamento para las presentaciones y notificaciones por medios electrónicos, del Acuerdo 4013/2021 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires.

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- La actora, Ponce Agustina Belen, promovió el expediente por información sumaria por receptoría.
- La resolución finaliza el trámite judicial, declarando que con lo actuado en autos se ha agotado el objeto del proceso.
- La decisión del tribunal es concluir las actuaciones y registrar la finalización del proceso, indicando que la notificación se realizó conforme a las disposiciones reglamentarias y del Acuerdo 4013/2021 de la SCBA.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Teniendo en cuenta que con lo actuado en la presente se ha agotado el objeto del trámite iniciado por el interesado, tiénese por concluida las actuaciones." y "El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A."
- No se menciona disidencia ni votos en disidencia en el fragmento.

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