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TULA CARLOS ALBERTO S/INFORMACIÓN SUMARIA POR RECEPTORÍA

La sentencia concluye el trámite del expediente por agotamiento del objeto del proceso, finalizando las actuaciones. La resolución indica que las actuaciones están cerradas y que se notificó conforme a la normativa vigente.

Tramite judicial Conclusion de proceso Notificacion electronica Actuacion administrativa Resolucion final Agotamiento del objeto Normativa s.c.b.a. Informacion sumaria Cierre de expediente Notificacion reglamentaria


- Quién demanda: No corresponde, se trata de una información sumaria.

¿A quién se demanda?

No corresponde.

¿Cuál es el objeto del reclamo?

No hay objeto de demanda, sino conclusión del trámite.

¿Qué se resolvió?

Se tiene por concluido el trámite por haber agotado el objeto del expediente.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con lo actuado en la presente se ha agotado el objeto del trámite iniciado por el interesado, tiénese por concluida las actuaciones." "El presente se notifica en los términos del art. 10 del Reglamento para las presentaciones y las notificaciones por medios electrónicos, Anexo Único, del Ac. 4013/2021 de la S.C.B.A.." No hay votos en disidencia ni argumentos adicionales, dado que la resolución es de cierre del expediente.

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