AUTORREDES COOPERATIVA DE CREDITO CONSUMO VIVIENDA TURISMO Y SERV C/ ALMARAZ CRISTIAN EMMANUEL Y OTRO/A S/ COBRO EJECUTIVO
La Cámara declara la caducidad de la instancia por inactividad procesal del actor, tras haberse cumplido los plazos legales y no haber impulsado oportunamente el proceso, confirmando la extinción del proceso por caducidad bajo los argumentos del retraso injustificado y la plena actividad judicial en la provincia.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Autorredes Cooperativa de Credito Consumo Vivienda Turismo y Servicios, demandó a Almaraz Cristian Emmanuel y otro por cobro ejecutivo. La Cámara analizó la caducidad de la instancia por inactividad del actor, considerando que, tras la intimación y la manifestación de voluntad de continuar, no se impulsó adecuadamente el proceso en los plazos establecidos. La Corte destacó que la actividad judicial se encuentra en plena apertura y que no existen motivos que justifiquen la inactividad procesal en este contexto. La resolución determinó que, al haberse transcurrido el plazo razonable sin actividad útil del actor, corresponde declarar la caducidad de la instancia, con costas a cargo de la parte actora. Se fundamenta en la normativa del C.P.C.C., la jurisprudencia provincial y la doctrina internacional, incluyendo la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos "Furlan y familiares vs. Argentina".
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