TARTAGLIA SILVIA NOEMI C/ IOMA S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
La Cámara de La Plata concede el reclamo de la actora y ordena el reconocimiento del derecho a la bonificación por antigüedad del 3% para todos los años laborados, considerando inconstitucionales las leyes y decretos que redujeron dicho porcentaje, y condena a pagar retroactivamente las diferencias con intereses.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La demandante, Silvia Noemi Tartaglia, demanda al Instituto de Obra Médico Asistencial (IOMA) para que se le aplique en su remuneración la bonificación por antigüedad del 3% sobre la totalidad de los años de servicios. La acción se fundamenta en que las normas que redujeron o eliminaron este porcentaje, específicamente las leyes 11.739, 11.905 y el decreto 240/96, violan derechos constitucionales e internacionales, como la igualdad, la propiedad y el principio de progresividad. La defensa del IOMA argumenta que dichas reducciones son constitucionales y que no implicaron derechos adquiridos ni vulneraron la igualdad. La sentencia analiza la historia normativa, concluyendo que las modificaciones implicaron una disminución salarial que vulnera la protección constitucional del principio de progresividad y la igualdad, especialmente respecto a los magistrados, quienes fueron excluidos por la garantía de intangibilidad de sus remuneraciones. También se rechaza la prescripción alegada por la demandada, considerando que el hecho de la reducción ha sido un hecho continuado, y se reconoce el derecho de la actora a percibir las sumas no pagadas con intereses. La sentencia, por ello, hace lugar a la demanda, ordenando el pago retroactivo de las diferencias en la bonificación por antigüedad, con intereses del 6% anual y tasa pasiva, y las costas a la demandada.
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