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VICENS LILIAN ELIZABETH C/ MINISTERIO DE ECONOMIA S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO

La sentencia reconoce el derecho de la actora a percibir una bonificación por antigüedad del 3% sobre todos los años laborados, considerando que las reducciones legislativas y normativas en ese porcentaje violan derechos constitucionales y principios de progresividad y protección de derechos adquiridos. La Cámara confirmó la condena a pagar las sumas retroactivas con intereses.

Derechos laborales Bonificacion por antiguedad Progresividad Igualdad Inconstitucionalidad Reduccion salarial Prescripcion Retroactividad Normas provinciales Justicia provincial


¿Quién es el actor?

VICENS LILIAN ELIZABETH

¿A quién se demanda?

MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES

¿Cuál es el objeto del reclamo?

reconocimiento del derecho a la bonificación por antigüedad al 3% por todos los años laborados, con retroactividad y pago de intereses.

¿Qué se resolvió?

Se hace lugar a la demanda y se ordena el pago de las sumas devengadas, con intereses y costas. La decisión se fundamenta en que las normas legales y decretos que redujeron el porcentaje de bonificación implicaron una vulneración del principio de progresividad, la igualdad y derechos adquiridos, considerándose además que esas medidas no cumplen con los requisitos de excepcionalidad y temporalidad necesarios para su constitucionalidad.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"El análisis de la normativa y su evolución demuestra que las reducciones en el porcentaje de bonificación por antigüedad, que se extendieron por varios años, constituyen una regresión en los derechos adquiridos, en violación del principio de progresividad y de la garantía constitucional de igualdad. La jurisprudencia ha señalado que las medidas regresivas en derechos laborales deben ser excepcionales, temporales y justificadas, requisitos que en el presente no se cumplen, ya que las reducciones se prolongaron por casi una década sin declararse situación de emergencia ni carácter transitorio." "Las normas cuestionadas, en especial la ley 11.739, la ley 11.905, y el decreto 240/96, implicaron una disminución efectiva en los haberes de la actora, excluyendo a los magistrados por su garantía constitucional de intangibilidad. La continuidad en la reducción, más allá de lo razonable, vulnera el principio de no regresividad y la protección de derechos adquiridos, en línea con la doctrina constitucional y convencional."

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