MARTINEZ MAXIMILIANO C/ SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE S/ AMPARO POR MORA
La sentencia ordena a la administración penitenciaria a expedirse en un plazo de 15 días por mora en actuaciones administrativas, confirmando la improcedencia de retrasos sin causa justificada. La acción de amparo se hace lugar por incumplimiento de los plazos administrativos y el derecho a una respuesta oportuna.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, MARTINEZ MAXIMILIANO C., demanda al SERVICIO PENITENCIARIO BONAERENSE por mora en el trámite de una actuación administrativa iniciada el 16-04-2015, solicitando que se dicte orden de pronto despacho. La autoridad demandada no se ha expedido en el plazo legal, incumpliendo los plazos fijados en la ley de procedimiento administrativo (decreto-ley nº 7.647/70) y en el artículo 76 del Código Contencioso Administrativo. Se destaca que la finalidad de la acción de amparo por mora es sólo procurar el pronto despacho, y no resolver aspectos de fondo. La sentencia señala que el retraso en la resolución constituye una vulneración del deber de la administración de pronunciarse en tiempo razonable, afectando la garantía de defensa y el debido proceso. El tribunal concluye que, tras comprobarse la demora, corresponde hacer lugar a la demanda y ordenar a la autoridad demandada a resolver en 15 días. Además, se imponen costas a la demandada y se regula honorarios a favor del letrado, en conformidad con la normativa aplicable. La resolución enfatiza la importancia del cumplimiento de los plazos administrativos y la protección del derecho a una decisión oportuna y fundada.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: