MANSILLA CARLOS ALBERTO C/ PROVINCIA DE BUENOS AIRES - MINISTERIO DE SEGURIDAD S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - EMPL.PUBLICO
El tribunal reconoce el derecho de Mansilla a obtener el subsidio previsto en el art. 47 de la ley 13.982 por lesiones en acto de servicio. La sentencia confirma el reconocimiento del beneficio, considerando la compatibilidad con otras indemnizaciones y la naturaleza de los derechos involucrados.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Carlos Alberto Mansilla, demanda al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires para que se le reconozca y abone el subsidio establecido en el art. 47 de la ley 13.982, por lesiones sufridas en acto de servicio en 2011, que derivaron en su retiro obligatorio por incapacidad física. La demandada argumenta que la pretensión implica una triple indemnización por el mismo hecho, incompatibilidad con otros beneficios y montos exorbitantes. La sentencia analiza las pruebas acreditadas, que demuestran lesiones y una incapacidad del 67%, y concluye que el beneficio del art. 47 de la ley 13.982 es compatible con indemnizaciones laborales y con el subsidio de la ley 13.985, por lo que se hace lugar al pedido. Se ordena el reconocimiento y pago del subsidio, ajustado a valores actuales y con intereses desde 2022. La sentencia destaca que los beneficios previstos en las leyes 13.982 y 13.985 son plenamente acumulables, en virtud de la interpretación favorable al trabajador y la doctrina jurisprudencial vigente.
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