BANCO SANTANDER ARGENTINA S.A. C/ HEREDIA LUIS MARTIN Y OTRO/A S/ ACCION DE SECUESTRO (ART.39 LEY 12962)
La jueza Lelkes admite la recusación sin causa formulada contra los magistrados. La resolución remite las actuaciones a la Receptoría General de Expedientes para el sorteo de un nuevo magistrado, garantizando la imparcialidad del proceso.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte demandada, HEREDIA LUIS MARTIN Y OTRO, presentó una recusación sin causa contra los jueces que estaban conociendo la causa, en virtud del art. 14 del C.P.C.C. La jueza Lelkes, tras analizar la petición, resolvió admitir la recusación y ordenar la remisión de las actuaciones a la Receptoría General de Expedientes para el nuevo sorteo del magistrado encargado del expediente. La decisión se fundamenta en la necesidad de garantizar la imparcialidad del tribunal y la correcta sustanciación del proceso. La resolución fue firmada por la jueza en la Ciudad de Morón, y se dispuso su inscripción y baja en los libros de la Secretaría.
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