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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ CHAMORRO NICOLAS RODOLFO S/ COBRO EJECUTIVO

La sentencia decreta la caducidad de la instancia en un proceso de cobro ejecutivo por inactividad procesal. La jueza rechazó el pedido de caducidad planteado por la parte demandada y, ante la falta de actividad en el plazo de tres meses, decretó la caducidad de la instancia, imponiendo las costas a la parte actora.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

La parte actora, Banco de la Provincia de Buenos Aires, inició un proceso de cobro ejecutivo contra Nicolás Rodolfo Chamorro. En fecha 6/5/2025, se le otorgó traslado del pedido de caducidad planteado por la demandada, el cual fue contestado por la actora el 15/5/2025 solicitando que se rechace la caducidad y se continúe con el proceso. La jueza rechazó la solicitud de caducidad en esa oportunidad, pero posteriormente, por la inactividad de la parte actora desde la última actuación del 15/5/2025 y en virtud del art. 315 del CPCC, decretó la caducidad de la instancia. La sentencia fundamenta que la inactividad por más de tres meses constituye un instituto de orden público que busca evitar la duración indefinida de los procesos judiciales. La resolución también impone las costas a la parte actora y difiere la regulación de honorarios.

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