SZTERN MANUEL GUSTAVO C/ MANZONE GONZALO CARLOS ANTONIO S/ COBRO EJECUTIVO
Se declara la caducidad de la instancia en el proceso por falta de impulso de la parte actora, imponiéndose las costas a la parte vencida y diferiendo honorarios. La resolución se fundamenta en la inactividad procesal y en la normativa de caducidad prevista en el art. 310 inc. 3° del C.P.C.C.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El proceso iniciado por SZTERN MANUEL GUSTAVO contra MANZONE GONZALO CARLOS ANTONIO por cobro ejecutivo fue declarado extinto por caducidad de la instancia. La Juez Lelkes recordó que la caducidad es un instituto de orden público que busca evitar la prolongación indefinida de los procesos, y que la inactividad de la parte actora desde la última actuación, ocurrida el 20/04/2022, ha superado el plazo de tres meses previsto en el art. 310 inciso 3 del C.P.C.C. La resolución sostiene: "la ley 13.986 incorporó el supuesto de caducidad por reincidencia en la omisión de impulsar la instancia" y que, en este caso, la parte actora no contestó el traslado del 5/8/2025, confirmando su inacción. La caducidad se decretó en virtud de la normativa vigente y la jurisprudencia citada. La resolución además dispuso que las costas sean a cargo de la parte actora y que los honorarios se regulen posteriormente. La decisión fue tomada en Morón por la jueza Lelkes, en ejercicio de sus funciones.
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