QUIROGA DANTE RAUL S/ SUCESION AB-INTESTATO
Decisión judicial que declara la sucesión intestada de Dante Raul Quiroga en favor de sus herederos legales. La resolución incluye la acreditación del fallecimiento, vínculos familiares y la autorización para inscribir la declaratoria en registros públicos, con indicaciones de los recaudos y procedimientos a seguir.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El tribunal, tras verificar el certificado de defunción de Dante Raul Quiroga (fallecido el 4 de noviembre de 2021 en Mar del Plata), y el certificado de matrimonio con Vicenta Ramona Acuña (contraído en 1973), así como los nacimientos de sus hijos Pablo Raul y Adriana Leonor, declaró que los herederos universales del causante son sus hijos y su cónyuge sobreviviente, en cuanto a sus bienes propios, sin perjuicio de los derechos sobre los gananciales. La decisión se fundamenta en la documentación probatoria y el informe actuarial que acredita el cumplimiento de los requisitos legales para la declaración de herederos, en concordancia con los artículos del Código Civil y Comercial de la Nación y el código adjetivo. El fallo también establece los pasos a cumplir para la inscripción registral de la declaratoria, incluyendo notificaciones, presentación de declaración jurada patrimonial, informes de dominio, y pago de tasas y honorarios, todo en línea con las disposiciones legales pertinentes. Además, se ordena que cese la intervención del fiscal una vez dictada la declaratoria. Fundamentos principales: "Que con el certificado de defunción de fecha 7 de Octubre de 2024 se acredita el fallecimiento de QUIROGA DANTE RAUL, (D.N.I M N° 7.637.946) ocurrido el 4 de Noviembre de 2021...", y "que de las constancias obrantes en autos, surge que con fecha 7 de Octubre de 2025 se acredita que el causante contrajo matrimonio con Vicenta Ramona Acuña, en 1973...", "que de los certificados de nacimiento de sus hijos Pablo Raul y Adriana Leonor, obrantes a fecha 7 de Octubre de 2024, se desprende la relación filial...", "que el informe actuarial de 5 de Septiembre de 2025 acredita el cumplimiento de los recaudos procesales y sustantivos...", "que en virtud de ello, y conforme a las disposiciones legales, corresponde dictar la declaratoria de herederos...", "se ordena la inscripción en el registro correspondiente y la realización de los recaudos previos, incluyendo notificación, declaración jurada, informes y pago de tasas, en línea con la normativa vigente." Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia.
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