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SCHOLZ GRACIELA MARGARITA ALICIA C/ EMPRESA LINEA 216 SAT S/ EJECUCION HONORARIOS

El incidente relacionado con el fallecimiento de la actora y la regulación de honorarios fue resuelto favorablemente por la Cámara, confirmando la satisfacción del reclamo y estableciendo los honorarios de acuerdo a los montos percibidos y las normativas aplicables.

Honorarios Ejecucion Fallecimiento Regulacion Ley 14.967 Ius Notificacion fehaciente Morosidad Scba Auto regulatorio

¿Qué se resolvió en el fallo?

La presente causa involucra a Graciela Margarita Alicia Scholz como parte actora en una ejecución de honorarios contra la empresa Línea 216 SAT. La resolución judicial dispuso la transferencia de la suma de $104.500 en favor de la actora, satisfaciendo el reclamo principal, y reguló los honorarios profesionales de los abogados involucrados. En particular, se fijaron los honorarios del Dr. Hernando Sergio Oliva en 2 IUS y los del Dr. Daniel Comisso en 1 IUS, con la adición del 10% y el IVA si correspondiera, conforme a la ley 14.967 y los lineamientos de la SCBA. La jueza Lelkes también ordenó la notificación de la regulación de honorarios a través de medios fehacientes y estableció los plazos para su pago, en conformidad con el artículo 54 de dicha ley. La decisión se fundamenta en que la actividad desarrollada fue adecuada y proporcional al monto percibido, y que la transferencia de fondos cubrió plenamente el reclamo de honorarios y aportes. FUNDAMENTOS PRINCIPALES: "En virtud de lo expuesto, tiénese por contestado en legal tiempo y forma el traslado conferido a la actora en fecha 5/8/2025. Siendo que con lo aquí pedido, se manifiesta la voluntad de continuar la presente acción a la vez que se produce actividad útil, tiénese por cumplida la intimación ordenada en autos (art. 315 del CPCC)." "En consecuencia, tiénese por satisfecho el reclamo de autos y estese a la regulación de honorarios que se provee a continuación." "Que de acuerdo al valor, mérito y calidad jurídica de la labor desarrollada, tomando como base el monto total percibido en autos ($ 104.500) y las demás circunstancias establecidas por la ley 14.967 en su art. 16, regúlanse los honorarios del Dr. Hernando Sergio Oliva [...] en la cantidad de 2 IUS [...] y los del Dr. Daniel Comisso [...] en la cantidad de 1 IUS [...]" "Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real y a la contraparte en su domicilio constituido."

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