MEDINA, ATILIO CLEMENTE c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
La Cámara Federal de Córdoba confirmó el rechazo del beneficio de retiro por invalidez solicitado por Atilio Clemente Medina, estableciendo la incapacidad en 52,22%, superior al 30,28% del informe de la Comisión Médica Central, y ratificando que no cumple los requisitos para acceder a la jubilación por invalidez según la ley 24.241.
¿Quién es el actor?
Atilio Clemente Medina
¿A quién se demanda?
ANSES
- Objeto de la demanda: Reclamó la obtención del beneficio de retiro por invalidez
- Decisión del tribunal: La Cámara confirmó que la incapacidad del actor es del 52,22% y que, en consecuencia, no cumple los requisitos establecidos en el artículo 48 de la ley 24.241 para acceder a la jubilación por invalidez. La sentencia fundamenta que tanto el informe del Cuerpo Médico Forense como la Comisión Médica Central consideran que el porcentaje de incapacidad no alcanza el mínimo necesario, y que la evaluación del forense, que refleja mayor incapacidad, debe prevalecer. La Cámara citó la jurisprudencia de la CSJN en autos “Sosa Raúl c/ ANSeS”, que respalda la valoración de incapacidad en estos casos. Además, se ratificó la imposición de costas en el orden causado y la suspensión de la regulación de honorarios hasta una futura oportunidad.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La sentencia señala que, aunque ambos informes coinciden en que el solicitante no reúne los requisitos para la jubilación por invalidez, difieren en el porcentaje de incapacidad: Comisión Médica Central fijó en 30,28%, mientras que el Cuerpo Médico Forense lo cuantificó en 52,22%. La Cámara considera que no existen elementos que desvirtúen la evaluación forense, y en línea con la jurisprudencia de la CSJN, confirma que la incapacidad del 52,22% es la que debe tenerse en cuenta para la resolución del trámite, rechazando la pretensión del actor.
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