Legajo Nº 8 - IMPUTADO: BENEDETTI, FACUNDO AGUSTIN s/LEGAJO DE CASACION
La Cámara Nacional de Casación en lo Criminal y Correccional declaró inadmisible el recurso de casación presentado por la defensa de Facundo Agustín Benedetti por considerar que la sentencia en cuestión no es definitiva y que la vía recursiva no puede dirigirse contra una decisión que aún no establece la pena. La Sala fundamentó que la sentencia impugnada no constituye una decisión completa que habilite el recurso de casación, ya que decidió un reenvío para que un nuevo magistrado determine el monto sancionatorio, y que examinar una sentencia incompleta puede implicar la resolución de la cuestión por partes, lo cual es inadmisible. La doctrina de la CSJN, en Fallos 315:859 y 341:333, respaldó que la revisión de sentencias incompletas no es procedente y que la tutela del tribunal superior se obtiene mediante el recurso extraordinario contra la sentencia final.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La defensa de Facundo Agustín Benedetti interpuso recurso de casación contra la sentencia de la Sala que hizo lugar parcialmente al recurso de casación de la Fiscalía, modificó el encuadre legal, estableció que Benedetti debe responder como coautor del delito de robo con armas, apartó al juez Goerner y devolvió las actuaciones para que otro magistrado determine el monto de la pena. La asistencia técnica argumentó que la falta de definición del monto de la pena no impedía la admisibilidad del recurso. La Cámara analizó la admisibilidad y concluyó que la sentencia no es definitiva, ya que decidió un reenvío para que se fije la pena y no resuelve de manera completa la causa, siguiendo antecedentes de la Corte Suprema de Justicia de la Nación que establecen que no se puede revisar una sentencia incompleta. Por ello, la Sala declaró inadmisible el recurso de casación interpuesto.
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