ESTENGE MANSILLA MARCELA TERESA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó la sentencia que rechazó la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) y diferió el análisis de la inconstitucionalidad del art. 14 de la Resolución SS 6/09 y del Fallo Villanustre para la etapa de ejecución, manteniendo la decisión de grado.
- Quién demanda: Estenge Mansilla Marcela Teresa
¿A quién se demanda?
ANSES
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Reajuste de beneficios previsionales, específicamente la actualización de la PBU y otros conceptos, y cuestionamientos a las leyes 27.426, 26.417, y resoluciones administrativas.
¿Qué se resolvió?
La Cámara confirmó la decisión de grado en la que se rechazó la actualización de la PBU y se diferió el tratamiento de ciertos aspectos para la etapa de ejecución, manteniendo la validez de lo resuelto en primera instancia.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
La Cámara resaltó que la revisión de la PBU no está supeditada al recálculo de otras prestaciones, y que la incidencia de la PBU sobre el haber total debe calcularse aplicando el índice de salarios del precedente “Badaro” del 26/11/2007 y verificar si la diferencia supera el 15%, en cuyo caso correspondería su actualización. Además, consideró que la cuestión de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 es abstracta en tanto no se ha efectuado aún la liquidación de los haberes, por lo que se difiere para la etapa de ejecución. También se confirmó la constitucionalidad del rechazo a los agravios sobre la aplicación del precedente “Villanustre” y otros aspectos, y se declaró desierta la mayoría de los agravios por no ser decisivos o por no corresponder su análisis en esta instancia. La mayoría del tribunal revocó parcialmente la sentencia, confirmó en lo demás, diferió ciertos aspectos para ejecución, y condenó en costas a la demandada vencida. El voto disidente de la doctora Fantini mantuvo la sentencia en su totalidad, advirtiendo que la modificación en perjuicio del apelante vulnera el principio de reformatio in pejus.
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