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FERNANDEZ ADRIANA ZULMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La Cámara Federal de la Seguridad Social confirmó parcialmente la sentencia que resolvió sobre reajustes previsionales y actualización de remuneraciones, manteniendo la constitucionalidad de las normas impugnadas y estableciendo la aplicación del índice ISBIC para ciertos períodos.

Reajustes previsionales Actualizacion remuneraciones Inconstitucional


- Quién demanda: La parte actora (Fernández Adriana Zulma)

¿A quién se demanda?

ANSES (Administración Nacional de la Seguridad Social)

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Reajuste del haber inicial, actualización de remuneraciones, inconstitucionalidad de leyes y normas, costas y honorarios.

¿Qué se resolvió?

Se revoca parcialmente la sentencia de grado, se confirma en lo demás, y se establece que la actualización de remuneraciones para el período hasta febrero de 2009 será mediante el índice ISBIC. La Cámara declaró la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463 en el supuesto que la aplicación de los topes genere una quita superior al 15%. La sentencia también se refirió a la validez de las leyes de movilidad y a la constitucionalidad del resto de las normas invocadas.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"En relación a la actualización de las remuneraciones, cabe señalar que si bien en los autos: “Yopolo Miguel Ángel c/ ANSeS s/ Reajustes Varios”, Expte. Nº3916/2021, declaré la inconstitucionalidad del art. 3 de la ley 27.426, ello fue debido a que el actor poseía una gran densidad de aportes por los períodos anteriores al mensual 03/2009, razón que generaba una considerable –e inadmisible
- diferencia entre la utilización de diferentes índices –ISBIC y RIPTE-." "En cuanto a la inconstitucionalidad del art. 9 inc. 3) de la Ley 24.463, se declara su inconstitucionalidad en el supuesto que en la etapa de liquidación de la sentencia se acredite que la aplicación de los topes genera una quita superior al 15%, límite de confiscatoriedad establecido por la Corte Suprema." "Respecto a la Prestación Básica Universal, la Sala propició en los precedentes citados la aplicación del índice ISBIC para el período hasta febrero de 2009, y la constitucionalidad de las leyes de movilidad." "En relación a la ley 27.541 y decretos, se remiten a la jurisprudencia ya consolidada y a las decisiones anteriores en autos similares." "Las costas se imponen a la demandada vencida (ANSES)." "Se regula honorarios en el 30% de lo que se fije en primera instancia."

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