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CASTILLA, JOSE LUIS c/ EMPRESA DEL OESTE SAT Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)

La Cámara confirmó la sentencia que rechazó la demanda por daños y perjuicios por falta de prueba fehaciente del hecho. El tribunal sostuvo que la actora no probó la ocurrencia del accidente ni la participación del demandado, y que los medios probatorios aportados eran insuficientes para acreditar la existencia del hecho y su relación causal.

Responsabilidad civil Prueba del hecho Accidente de transito Prueba probatoria Prueba pericial Prueba documental Carga probatoria Rechazo de demanda Prueba insuficiente Prueba indiciaria


- Quién demanda: José Luis Castilla

¿A quién se demanda?

Empresa del Oeste S.A. de Transportes y Metropol Sociedad de Seguros Mutuos

¿Cuál es el objeto del reclamo?

Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 27 de mayo de 2019, en el cual el actor sufrió lesiones tras un choque en cadena en la avenida General Juan Gregorio Lemos, en Los Polvorines.

¿Qué se resolvió?

La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que rechazó la demanda por falta de prueba suficiente del accidente y la participación del demandado en el mismo.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Con la prueba analizada precedentemente, cabe señalar que aun teniendo por cierto que el actor podría haber sufrido un accidente, no se encuentra acreditado en autos que dicho infortunio pueda ser endilgado a la empresa demandada, en tanto en las presentes actuaciones no obra prueba fehaciente que acredite el carácter de embistente o el mero contacto entre las cosas riesgosas por parte del colectivo de la empresa demandada. En esas condiciones, no cabe sino rechazar la demanda interpuesta por el actor, quien -como se viera
- no ha logrado acreditar la ocurrencia del ilícito que atribuyera a los accionados…". La sentencia también destaca que la carga probatoria recae en el actor, quien no logró demostrar la ocurrencia del hecho ni la participación del demandado, y que la prueba producida, como la denuncia ante la aseguradora, las fotografías y la pericia mecánica, no fueron suficientes para acreditar la ocurrencia del accidente en las circunstancias relatadas. Además, se señala que la simple negativa de la parte demandada y la falta de prueba objetiva desvirtúan la versión del actor, y que la prueba pericial, siendo solo una posibilidad, no obliga a la decisión en favor del reclamante. La Cámara también enfatiza que la falta de pruebas concretas y la ausencia de testimonios que corroboren la versión del actor imposibilitan determinar la ocurrencia del hecho en las condiciones alegadas, confirmando así la decisión de rechazar la demanda.

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