IPPOLITO, CLAUDIO CESAR c/ RIGHETTI, MATIAS EDUARDO Y OTRO s/DAÑOS Y PERJUICIOS(ACC.TRAN. C/LES. O MUERTE)
La Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil modificó la sentencia y elevó las sumas indemnizatorias por daños físicos, consecuencias no patrimoniales y tratamiento psicológico, reafirmando la protección integral del daño y la reparación plena.
¿Quién es el actor?
Claudio César Ippolito
¿A quién se demanda?
Matías Eduardo Righetti, Nuria Soligo y Caja de Seguros S.A.
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito, incluyendo daños físicos, psíquicos, gastos médicos, daño moral, reparación del rodado, privación de uso, y gastos de vestimenta.
¿Qué se resolvió?
Se elevan las sumas indemnizatorias por incapacidad sobreviniente a $12.000.000, daño no patrimonial a $5.000.000 y gastos futuros en tratamiento psicológico a $576.000, además de confirmar en todo lo demás la sentencia de grado y establecer el cómputo de intereses.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La protección a la integridad de las personas y el derecho a la reparación integral se encuentran respaldados en tratados internacionales y en la Constitución Nacional. La doctrina consolidada de la Corte Suprema establece que la indemnización debe ser plena, considerando no solo los porcentajes de incapacidad, sino también la edad, condiciones personales, y la afectación global de la víctima. La valoración del daño psíquico, la reparación del daño patrimonial y no patrimonial deben ser proporcionales a la magnitud del daño y las circunstancias del caso. La jurisprudencia ha reiterado que la indemnización equivale a una satisfacción moral y compensatoria, sin pretender una equivalencia exacta, sino una reparación integral."
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