ALCARAZ MARIA FLORENCIA C/ BORNAO PEDRO ARIEL S/ DESPIDO
La homologación del acuerdo conciliatorio tras resolución del tribunal en proceso de despido. La Cámara confirmó la validez del acuerdo y la suma de $3.000.000 a favor de la actora, estableciendo las condiciones de pago y costas, basándose en la justicia del acuerdo y la legislación laboral vigente.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó el acuerdo conciliatorio alcanzado entre María Florencia Alcaraz y Pedro Ariel Bornao en un proceso por despido. La decisión fue unánime, con voto de la Dra. Sallette que consideró que la solución alcanzada implicaba una justa composición de derechos y deberes, en línea con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y la jurisprudencia de la SCBA. La homologación se hizo con la suma de $3.000.000, a pagar en la forma pactada, con costas a cargo del demandado. Además, se eximió de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo, y se reguló honorarios profesionales en función del monto acordado, conforme a los arts. 14 de la ley 6716 y demás normativas aplicables. También se ordenó cumplir con el art. 277 de la L.C.T. y se requirió la apertura de una cuenta judicial en el Banco de la Provincia de Buenos Aires. La decisión se fundamentó en la conveniencia de homologar un acuerdo que pone fin a la litis, considerando que la suma y las condiciones pactadas son justas y razonables, y que su homologación garantiza la seguridad jurídica y el cumplimiento del acuerdo en el marco de la legislación laboral. La unanimidad de los jueces y el respaldo en jurisprudencia consolidan la validez y justicia de la resolución.
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