Logo

FRAGOMENO BRENDA REBECA y otros S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Tribunal del Trabajo N° 5 de Mar del Plata homologó un acuerdo conciliatorio y ordenó el cumplimiento de los términos del mismo, incluyendo la suma de $8.000.000 a favor de Brenda Fragomeno, con costas a cargo de las demandadas, y diferimiento en la regulación de honorarios.

Homologacion de acuerdo Resolucion judicial Conciliacion Ley de contrato de trabajo Cumplimiento Costas Honorarios Acuerdo conciliatorio Suma de $8.000.000 Tribunal laboral.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La sentencia analiza y homologó un acuerdo conciliatorio alcanzado entre las partes en el expediente N° MP-22830-2025. La jueza Dra. Moscuzza, con el voto favorable de las otras magistradas, consideró que la solución alcanzada representa una justa composición de derechos y deberes, en los términos del art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo y en concordancia con la resolución SCBA 1840/24. La homologación implica la aprobación del acuerdo y la imposición de costas a las demandadas, además de la suma total de $8.000.000 en favor de la actora Brenda Fragomeno, pagaderos en la forma pactada. La resolución también difiere la regulación de honorarios de abogados hasta su acreditación conforme a las leyes vigentes, y ordena que las partes cumplan con el art. 277 de la Ley de Contrato de Trabajo, dejando constancia de la homologación y orden de cumplimiento. Fundamentos principales: "importando la solución arribada una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057 conf. Res. 1840/24 SCBA), deberá homologarse la misma, teniendo presente lo demás manifestado e imponiéndose las costas a la demandada." "De conformidad a lo acordado por las partes, se revalida la suma total de PESOS OCHO MILLONES ($8.000.000) a favor de la parte actora BRENDA REBECA FRAGOMENO y a cargo de las partes demandadas DIEGO GUSTAVO VELARDO y VELARDO OSCAR DARIO pagaderos en la forma pactada por las partes con costas a cargo de las demandadas mencionadas." "Asimismo, se ordena diferir la regulación de honorarios hasta tanto acrediten el cumplimiento de las Leyes 8480 y 10268." "Se hace saber a las partes que deberán dar cumplimiento al art. 277 de la L.C.T." Disidencias: No se registran votos en disidencia, todos los jueces adhieren al voto de la Dra. Moscuzza.

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar