DOMINGUEZ LORENZO C/ BANDERITA NEGOCIOS GASTRONOMICOS S.A. S/ DESPIDO
El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio por despido y condenó a las demandadas al pago de 10 millones de pesos a favor del actor, con costas y regulación de honorarios. La homologación se fundamenta en que el acuerdo resulta una justa composición de derechos y deberes, y se eximirá de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio alcanzado en audiencia entre Lorenzo Domínguez y las demandadas Banderrita Negocios Gastronómicos S.A., Bigorito Jesús Adolfo, Roldán Juan Ignacio y Salvatore Negocios Gastronómicos S.A., en un proceso por despido. La resolución determina que "la solución arribada importa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, en los términos del art. 15 de la L.C.T. (art. 30 Ley 15.057 conf. Res. 1840/24 SCBA), y deberá homologarse". Además, se establece que las costas serán a cargo de las demandadas y que la suma total de 10 millones de pesos será pagada en los términos pactados. La homologación incluye también la regulación de honorarios profesionales, con el establecimiento de los montos y condiciones de pago, y la eximición de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo. La decisión se fundamenta en que el acuerdo es justo y razonable, conforme a la ley y la jurisprudencia local, citando expresamente que "el acuerdo conciliatorio es una forma de resolver el conflicto laboral y evitar mayores instancias judiciales", y que "la homologación implica que el acuerdo tiene fuerza de cosa juzgada en la instancia judicial". Los jueces Gómez, Moscuzza y Sallette adhieren a la decisión, y se ordena además dar cumplimiento a las disposiciones sobre honorarios y notificaciones.
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