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MIRANDA MARIANA ANDREA C/ SUPERMERCADOS TOLEDO SA y otro/a S/ DESPIDO

La sentencia homologó un acuerdo conciliatorio y el desistimiento de la acción por parte de la actora, confirmando la suma de $11.000.000 en concepto de reparación por despido y enfermedad profesional, y eximiendo de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual del acuerdo.

Homologacion de acuerdo Desistimiento Enfermedad profesional Despido Acuerdo conciliatorio Honorarios Exencion de tasa Extincion del proceso Ley 15.057 Art. 277 lct.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora MIRANDA MARIANA ANDREA demandó a SUPERMERCADOS TOLEDO S.A. reclamando indemnización por despido y enfermedad profesional. El tribunal homologó un acuerdo conciliatorio en el que se estableció una suma de $11.000.000, pagaderos en la forma pactada, con costas a cargo de la demandada. Asimismo, homologó el desistimiento de la acción respecto a la enfermedad profesional, considerando que se cumplió con los requisitos del art. 277 de la Ley de Contrato de Trabajo y el art. 305 del CPC. La resolución enfatiza que la homologación del acuerdo implica la conformidad de las partes y la extinción del proceso, con la eximición de la tasa de justicia en caso de cumplimiento puntual, y regula los honorarios de los profesionales intervinientes. La decisión se fundamenta en que la solución arribada representa una justa composición de los derechos y deberes de las partes, y que el acuerdo cumple con los requisitos legales para su homologación. Los votos de la unanimidad de las juezas fueron en idéntico sentido, adhiriendo a los fundamentos del voto del Dr. Moscuzza.

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