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DEL CASTILLO ILDA ROCIO GISEL y otro/a S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO

Homologación de acuerdo conciliatorio en proceso laboral, confirmando la suma de 2 millones de pesos a favor de la actora, con costas a cargo de la demandada. El tribunal resolvió homologar el acuerdo y regular honorarios profesionales.

Homologacion de acuerdo Proceso laboral Monto de 2 millones Honorarios profesionales Ley 15.057 Art. 15 de la lct Regulacion de honorarios Notificacion personal Acuerdo conciliatorio Costas a cargo de la demandada

¿Qué se resolvió en el fallo?

La jueza Dra. Moscuzza, en acuerdo con las juezas Dra. Sallette y Dra. Gómez, resolvió homologar el acuerdo conciliatorio alcanzado en autos, en los términos referenciados en la presentación 248203746007378544. La decisión considera que la solución representa una justa composición de derechos y deberes, en conformidad con el art. 15 de la Ley de Contrato de Trabajo (LCT) y la Ley 15.057, y que el acuerdo debe ser homologado. La suma total de 2.000.000 pesos será pagada por la demandada EMILMART SA a favor de la actora ILDA ROCIO GISEL DEL CASTILLO, en la forma pactada. Además, se regulan honorarios profesionales, estableciendo que los mismos se calculan en base al monto del acuerdo, con detalles específicos sobre los montos y la incidencia del IVA, y se ordena la notificación personal según lo dispuesto en el art. 54 del Reglamento de Honorarios. Se recuerda a las partes que deben cumplir con el art. 277 de la Ley de Contrato de Trabajo. La homologación se realiza en virtud del acuerdo de las partes y la conformidad del tribunal, considerando que la solución conciliatoria es adecuada y justa, en línea con precedentes y normativa laboral.

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