PEREZ ALEJANDRO FABIAN C/ ASOCIART S.A. ASEGURADORA DE RIESGOS DEL TRABAJO S/ ACCION DE REVISION RES. COMISION MEDICA JURISDICCIONAL LEY 15057
La sentencia declara la caducidad del derecho del actor a promover la acción de revisión de acuerdo con la Ley 15.057. La Cámara fundamenta que la acción fue interpuesta fuera del plazo legal de 90 días hábiles tras la finalización del proceso administrativo, en cumplimiento de la ley y doctrina constitucional aplicable.
¿Qué se resolvió en el fallo?
El actor, Alejandro Fabián Pérez, demandó a la aseguradora Asociart S.A. en sede judicial por una acción de revisión de una resolución administrativa relacionada con su incapacidad laboral. La sala analiza el planteo de la demandada sobre la caducidad del derecho de acción, fundamentada en el incumplimiento del plazo de 90 días hábiles previsto en la Ley 15.057, tras acreditarse la finalización del proceso administrativo y la notificación del cierre de actuaciones el 30/08/2023. La parte actora no compareció a la audiencia ni presentó argumentos en su defensa, limitándose a sostener, en su escrito, que el plazo de prescripción de dos años del Código de Contrato de Trabajo le era favorable y que la ley provincial 15057 sería contraria a derechos constitucionales. La sentencia cita jurisprudencia de la Corte provincial y la doctrina legal sobre la constitucionalidad de la Ley 27.348, que regula las riesgos del trabajo, ratificando su aplicación en la provincia de Buenos Aires. La Sala concluye que el plazo para interponer la acción, en el momento de su presentación (14/10/2024), ya había vencido, dado que la notificación del cierre administrativo fue el 30/08/2023, y que la acción fue interpuesta fuera del plazo establecido por la ley, por lo que corresponde declarar la caducidad del derecho de acción del actor. La decisión también incluye la imposición de costas en el orden causado, con beneficios previstos por la ley.
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