MEDINA MARIANA SOLEDAD C/ CASTRO GUIÑAZU NOELIA YANEL Y OTRO/A S/ DESPIDO
La Cámara desestima el recurso de revocatoria por no ser un remedio procesal previsto en la ley, confirmando la resolución que declaró la caducidad de instancia en el proceso por despido.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora interpuso recurso de revocatoria contra la resolución que declaró la caducidad de instancia en el proceso por despido. La resolución fue dictada el 29/11/24 y la parte demandada solicitó la revocatoria, la cual fue desestimada por el tribunal. La decisión se fundamenta en que la resolución recurrida es una sentencia definitiva que solo puede ser impugnada mediante recursos extraordinarios previstos en el art. 161 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires y el art. 82 de la Ley 15.057. Los jueces argumentan que "El recurso no prospera atento tratarse la resolución recurrida de una sentencia definitiva contra la cual sólo proceden los recursos extraordinarios previstos en el art. 161 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires (art. 82 de la Ley 15.057)." La desestimación del recurso de revocatoria confirma la validez del pronunciamiento que declaró la caducidad de la instancia, sin costas por falta de sustanciación.
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