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COPPOLA SANDRA NOEMI C/ FISCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES S/ ACCIDENTE IN-ITINERE

Tribunal del Trabajo N° 6 de Avellaneda-Lanús dictó sentencia en autos por accidente in itinere, declarando la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y del art. 11 de la ley 27.348, y condenando a la demandada a pagar indemnización por incapacidad psicofísica del 9,8%, con actualización y costas.

Accidente in itinere Indemnizacion Incapacidad laboral Ley 24.557 Ley 27.348 Inconstitucionalidad Actualizacion monetaria Pericia medica y psicologica Danos psico-fisicos Legislacion laboral.

¿Qué se resolvió en el fallo?

La actora, Sandra Coppola, demanda por accidente in itinere ocurrido el 31/08/2022, por el cual sufrió una lesión en su muñeca derecha y daños psico-físicos. La Comisión Médica dictaminó una incapacidad parcial y permanente del 1,3%, mientras que la parte actora sostiene que la incapacidad es del 30%. El tribunal valoró las pruebas periciales médicas y psicológicas, concluyendo que la incapacidad física es del 5%, y la psicológica del 3%, sumando un 8%, pero aplicando factores de ponderación, se determinó una incapacidad del 9,8%. La sentencia declara la inconstitucionalidad del DNU 669/2019 y del art. 11 de la ley 27.348, y condena a la demandada a pagar $8.088.330 por daños y perjuicios, con intereses desde la mora y costas. La resolución también rechaza los planteos de inconstitucionalidad de la actora respecto de otras normativas. El monto indemnizatorio fue actualizado conforme al índice RIPTE, aplicando un coeficiente de 9,43, en lugar de las fórmulas tradicionales, para garantizar la razonabilidad y protección del crédito laboral.

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