ROMERO MAYRA ALEJANDRA C/ FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La sentencia homologó el acuerdo conciliatorio entre las partes por la suma de 3.000.000 pesos, ordenando su ejecución con fuerza de cosa juzgada, y resolvió sobre costas, tasa de justicia, honorarios profesionales y pagos a la cuenta judicial, considerando que el convenio no vulnera normas de orden público y se ajusta a la ley.
- Quién demanda: ROMERO MAYRA ALEJANDRA
¿A quién se demanda?
FEDERACION PATRONAL SEGUROS S.A.U
¿Cuál es el objeto del reclamo?
Homologación del acuerdo conciliatorio por la suma de 3.000.000 pesos, incluyendo costas y honorarios profesionales.
¿Qué se resolvió?
Se homologó el acuerdo, con fuerza y autoridad de cosa juzgada, estableciendo el pago de la suma acordada, la imposición de costas a la demandada, homologación de la cláusula penal y regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"Que los aquí litigantes han arribado a un acuerdo con motivo del reclamo incoado por la parte actora referido en relación al infortunio denunciado en autos. Ahora bien, atento las constancias de autos y analizando el convenio acompañado por aquellas ut supra referido, y la ratificación personal efectuada por la parte actora, estimo que el convenio que nos ocupa debe ser materia de homologación en virtud de que el mismo no vulnera norma alguna de orden público y se adecua a los dispositivos de los arts. 12 y 15 de la LCT t.o., llegándose a una justa composición de la litis." "Por todo ello, el acuerdo cumple con los requisitos de legalidad y justicia necesarios para su homologación." "Se impone a la parte demandada las costas del acuerdo, conforme lo pactado." "Asimismo, se ordena el pago de la tasa de justicia y honorarios profesionales, regularizando pagos y aportes previsionales en los términos de la ley." "Se intimó a la demandada a depositar en la cuenta judicial el monto del acuerdo, y a los profesionales a denunciar sus datos bancarios y emitir la factura correspondiente." La resolución refleja un análisis favorable respecto a la validez del acuerdo, confirmando su cumplimiento con la normativa laboral y civil aplicable, y asegurando el cumplimiento efectivo de las obligaciones asumidas por la parte demandada.
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