CAMINO MARIA CELIA C/ RECATUMBE ADALBERTO OSCAR S/ DESPIDO
La Cámara de Trabajo declaró la caducidad de la instancia por inacción de la parte actora en un proceso por despido, considerando que el incumplimiento de la intimación y la última actividad del 7/12/2021 evidencian abandono del proceso y desinterés en su prosecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
La parte actora, Maria Celia Camino, demanda a Adalberto Oscar Recatumbe por despido. La Cámara analiza la inactividad procesal y la omisión de la actora de impulsar el trámite tras la intimación del 3/6/2025, y concluye que el desinterés y la inacción evidencian la caducidad de la instancia. La última actividad útil fue el 7/12/2021, y la inacción posterior, sumada a la intimación incumplida, justifica la declaración de caducidad. La jurisprudencia citada respalda que la caducidad es una medida restrictiva que requiere evidencia de desinterés inequívoco. “La caducidad de la instancia constituye una medida de carácter excepcional y por lo tanto de interpretación restrictiva”. Se imponen costas a la parte actora con beneficio de gratuidad, y se regulan honorarios profesionales en función del monto y la labor realizada.
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