OYHAMBURU PEDRO PABLO C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ MATERIA A CATEGORIZAR - PREVISION
El actor promovió demanda de restablecimiento de derechos y pretensión indemnizatoria contra la Caja de Jubilaciones del Banco de la Provincia de Buenos Aires. La Cámara de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley n° 15.008 y ordenando el pago de los importes adeudados.
Actor: Pedro Pablo Oyhamburu Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos y aplicación del régimen de movilidad de jubilaciones conforme a la Ley n° 11.761. Decisión: Se declara la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley n° 15.008 y se ordena el pago de los importes adeudados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño, que en los hechos ha probado ser inestable... Ello ha pasado a ser fuente verosímil de regresividad." "La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426 ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados." "La situación vinculada con la movilidad que se aplica a los jubilados del Banco Provincia a partir de la vigencia de la Ley n° 15.008 ha sido cuestionada de modo incesante en numerosa cantidad de juicios individuales." "La declaración de inconstitucionalidad de un precepto legal es un acto de suma gravedad institucional, que debe ser considerado como la última ratio del ordenamiento jurídico."
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