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RAMIS EMILIO MIGUEL C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ MATERIA A CATEGORIZAR - PREVISION

El demandante solicitó el restablecimiento de derechos y la aplicación del régimen de movilidad de su jubilación. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia, declarando la inconstitucionalidad de un artículo de la Ley n° 15.008 y ordenando el pago de los importes adeudados.

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Actor: Ramis Emilio Miguel Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Restablecimiento de derechos y aplicación del régimen de movilidad de la jubilación. Decisión: La Cámara confirmó la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008 y ordenó el pago de los importes adeudados.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"Hacer lugar a la pretensión deducida por Emilio Miguel Ramis contra la Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires, declarando de consuno, la inconstitucionalidad del art. 41 de la Ley 15.008." "La movilidad de los agentes pasivos del Banco de la Provincia de Buenos Aires -que ya no se calcula de acuerdo a variables propias de la remuneración relativa al cargo base
- ha quedado librada a los avatares de un sistema previsional extraño." "El gravamen que verosímilmente su aplicación provoca tiene como epicentro el cambio adverso en el régimen de movilidad de los haberes."

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