TASENDE MARIO CESAR C/ CAJA DE JUBILACIONES, SUBSIDIOS Y PENSIONES DEL PERSONAL DEL BANC S/ PRETENSION RESTABLECIMIENTO O RECONOC. DE DERECHOS - PREVISION
El actor, Mario César Tasende, promovió demanda de restablecimiento de derechos contra la Caja de Jubilaciones, por la inaplicabilidad de la Ley n° 15.008 en su caso. La Cámara de Apelaciones confirmó la sentencia de primera instancia, declarando inconstitucional el artículo 41 de dicha ley y ordenando el pago de haberes adeudados.
Actor: Mario César Tasende Demandado: Caja de Jubilaciones, Subsidios y Pensiones del Personal del Banco de la Provincia de Buenos Aires Objeto: Aplicación del régimen de movilidad de las prestaciones jubilatorias conforme la Ley n° 13.364, y la inconstitucionalidad de la Ley n° 15.008. Decisión: Se declaró la inconstitucionalidad del artículo 41 de la Ley n° 15.008, ordenando el pago de los importes adeudados.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
"El artículo 41 de la normativa impugnada es el centro de los agravios y la clave a desentrañar en esta fase cautelar del proceso. Este enunciado remite al mecanismo previsto en la legislación vigente en el orden nacional para la actualización de los haberes y lo hace prescribiendo lo siguiente: 'Los haberes de las prestaciones indicadas serán móviles y se actualizarán conforme la variación del índice de movilidad establecido en la Ley Nacional 26.417...'." "La aplicación del índice para el cálculo de la actualización de los emolumentos previsto en la ley 27.426... ha generado una brecha extremadamente pronunciada respecto al método de actualización que le hubiese correspondido a los jubilados y pensionados de la Caja en función del régimen anterior a la sanción de la ley 15.008." "El Juez de grado ha demostrado que la aplicación de la normativa cuestionada ha provocado una disminución significativa en los haberes de los jubilados, lo que justifica la declaración de inconstitucionalidad."
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